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La vida no vale nada... y menos la de la mujer, según la ley
#1
Esta nota salió publicada en Milenio y está de no creerse, tanto que, de no haber sido publicada por este diario, habría pensado que era uno de esos artículos apócrifos que pululan en nuestro correos. Aquí esta:
Cita:Hoy por hoy en México está permitido o casi sin sanción penal el asesinato de una mujer por “cuestiones de honor”, así lo expresan al menos 14 códigos penales del país. Dicho homicidio, señalan los textos, se debe acreditar en el momento en que la esposa o concubina sea sorprendida en un acto carnal o que éste se haya dado próximo a su consumación.

Esto tan sólo forma parte de una serie de leyes que no han sido modificadas y que no permiten en distintas entidades del país la correcta aplicación de la denominada ley federal para la igualdad entre hombres y mujeres.

En lo que respecta al homicidio por razones de honor son los estados de Baja California, Baja California Sur, Campeche, Chiapas, Chihuahua, Durango, Jalisco, Michoacán, Nayarit, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tamaulipas, Yucatán y Zacatecas, los que aún contemplan esta figura enmarcada dentro de la denominada infidelidad conyugal.

Sin embargo, son tres los estados que más preocupan por el número de casos que se presentan, se trata de Campeche, Tamaulipas y Michoacán que sancionan este tipo de asesinatos con penalidades que van de los tres días a los tres años de prisión.

Es justo en estas entidades donde el Instituto Nacional de las Mujeres ha puesto mayor atención, pues existen casos en los que se han asesinado a mujeres por el sólo hecho de haber engañado a sus maridos.

Pero la desigualdad en las leyes entre hombres y mujeres no queda ahí, existen 20 códigos penales en los cuales se condona al hombre el delito de “rapto”, entendido como la sustracción, retención o apoderamiento de una mujer por medio de violencia física o moral, para tener relaciones sexuales contra su voluntad. Las sanciones contra el hombre desaparecen de acuerdo con estas leyes en el momento en que el agresor acepta casarse con la víctima.

Este caso específico se presenta en Baja California Sur, Campeche y Coahuila, así como en Colima, Chiapas, Durango, Hidalgo, Estado de México, Morelos, Nayarit, Nuevo León, Puebla, Querétaro, San Luis Potosí, Sinaloa, Sonora, Tabasco, Veracruz y Zacatecas.

A los casos anteriores se le puede sumar que también el estupro suele ser condonado en 30 códigos del país, sobre todo cuando el violador insiste en “repara el daño”, es decir, solicita casarse con la menor de edad. Este hecho no ocurre en Tlaxcala y Tabasco, en el resto del país se protege al violador que intenta compensar su falta.

Pero los ejemplos de las irregularidades en los códigos penales del país no terminan ahí, existe en los textos de 29 de ellos la prohibición a las mujeres divorciadas de volver a casarse hasta después de un año, en tanto que a los hombres se les permite hacerlo de inmediato.

Leyes sin armonía

La falta de equidad de las leyes hacia las mujeres tiene otros ejemplos, existen a lo largo del país al menos 14 códigos penales que no están en armonía con la actualidad y con la llamada equidad de género, lo anterior se debe a que en la propia letra de estas leyes se le da más valor a una cabeza de ganado o a un panal de abejas que a una mujer.

Ejemplo de lo anterior son los estados de Michoacán, Oaxaca, Tamaulipas y Campeche, en dichas entidades el robo de una cabeza de ganado está castigado con penas de prisión que duplican a las impuestas por el homicidio hacia una esposa por cuestiones de
honor o incluso por el delito de violación.

En Campeche, la sustracción de ganado está penada con 3 a 5 años de cárcel, en Tamaulipas las leyes imponen de 3 a 12 años, mientras que en Michoacán pueden ser de 6 a 12 años.

Un ejemplo más claro de esta falta de armonía se presenta en Quintana Roo, donde se estipula que para poder acreditar el delito de estupro, la autoridad tiene que mostrar como elemento del delito “la seducción y el engaño”, aspectos que son subjetivos y que dejan a las jóvenes en estado de indefensión. Pero, además de lo anterior, la mujer ofendida tiene que demostrar de acuerdo a con ley que es “honesta y casta”, de lo contrario la acusación contra el agresor no procede.

Otro ejemplo más en Quintana Roo son los delitos de acoso y hostigamiento sexual, los cuales exigen que las personas, en su mayoría mujeres, demuestren que han sido objeto de estas conductas de manera “reiterada”. Lo cual deja a la interpretación de las autoridades juzgadoras, el número de veces que se deben permitir estos hechos antes de considerarse un delito.

Resalta sobre estos hechos que las penas máximas que se otorgan a estas conductas, son hasta de dos años, mientras que, quien se apodere de una o más colmenas que contengan una colonia de abejas con panales se le impondrá la pena máxima de ocho años de prisión. Robarse una vaca son diez años de prisión.

Y el link http://impreso.milenio.com/node/8652520
Dooby dooby doo
Strangers in the Night by Frank Sinatra
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#2
Eso les pasa por tener distintas leyes en cada estado... deberíamos de regirnos por una sola ley en todo el país, así sería más fácil actualizarla y vigilar su cumplimiento y evitar estos huecos legales.
Vicco
Keep on Rockin' in the free world...
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#3
:o :o :o :o
A canijo!!!!
No pues que mal, si es impactante este tipo de leyes, recuerdo que también vi en un reportaje que en varios estados está permitida la pena de muerte que no se aplica desde hace mucho, pero bueno se tiene que hacer algo para eliminar este tipo de leyes aún cuando ya no se apliquen.
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#4
No me sorprende, haya o no leyes hay muchos hombres q maltratan a las mujeres sea fisica o psicologicamente.... es la realidad, si hay estados donde los papas vende a las hijas por un carton de cerveza y unas vacas.... ese es el valor q le dan a la mujer de objeto, en fin...
Cory Smile
[Imagen: Corygirl-1.jpg] [Imagen: Sweetcory.gif]
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